• viernes 06 de febrero de 2026  
      • NAIARA MADINABEITIA AMESCUA

Ayuntamiento de San Millán

Sede electrónica



    • viernes 06 de febrero de 2026  

Ayuntamiento de San Millán

Sede electrónica



  • Hoja Informativa
  • Iniciar trámite
  • Base legal
  • Imprimir
  • Información LOPD

Presentación de facturas

Trámite disponible en linea
Haz clic en el botón de la izquierda "INICIAR TRÁMITE", para comenzar.
Fecha última Actualización: 23/10/2025
Objeto
Expandir/Contraer
  • ¿Qué es?

    Es la presentación de facturas de forma electrónica por parte de personsa físicas o jurídicas proveedoras de bienes o servicios a la Administración, para su tramitación por las áreas gestoras municipales y posterior pago.

Unidad Tramitadora
Expandir/Contraer
  • SECRETARIA
Documentación a aportar
Expandir/Contraer
    • Documentación básica:
      • Factura 
    • Cuando el trámite lo realice la persona interesada presencialmente o por correo postal, deberá acreditar su identidad mediante:
      • Documento de identidad de la persona interesada 
    • En el supuesto de que la persona solicitante sea representante de la interesada y se realice el trámite presencialmente o por correo postal se deberá aportar, como mínimo:
      • Documento de identidad de la persona interesada 
      • Documento de identidad de la persona representante 
      • Acreditación de la representación 
    • En el supuesto de representación que no venga incluida en el certificado y se realice el trámite electrónicamente, se deberá aportar:
      • Documento de identidad de la persona interesada 
      • Acreditación de la representación 
¿Quién lo puede solicitar?
Expandir/Contraer
  • Según normativa vigente.

¿Cuál es el plazo de solicitud?
Expandir/Contraer
  • Se podrá presentar la solicitud en cualquier momento.

¿Dónde se presenta?
Expandir/Contraer
  • Telemáticamente: en la sede electrónica accesible desde la página web municipal, mediante certificado digital.

    En el supuesto de que actúes como representante, si la representación no viene incluida en el certificado y realizas el trámite telemáticamente, deberás actuar como representante puntual. Para ello, cuando accedas a la sede electrónica, en la ventana de datos de conexión, en el desplegable “Actuar en calidad de” selecciona la opción “Representante puntual”.

    Las personas jurídicas tienen la obligación legal de presentar sus solicitudes telemáticamente.

¿Cuánto cuesta?
Expandir/Contraer
  • El coste de la gestión es asumido por la Administración.

¿Cuál es el órgano que resuelve?
Expandir/Contraer
  • Alcaldía u órgano delegado.

¿En qué plazo será resuelta mi solicitud?
Expandir/Contraer
  • Plazo estimado: el plazo de pago de facturas por parte de las administraciones públicas se establece en dos periodos. La administración debe confirmar la recepción del producto o servicio en un plazo de 30 días desde que reciben la documentación correspondiente. 

    Plazo máximo legal: en total, considerando los dos períodos de aprobación y pago, el plazo de pago de facturas de ayuntamientos y otras administraciones públicas se extiende hasta 60 días naturales.

    Es importante tener en cuenta que existe una normativa que establece que el plazo máximo de pago para la Administración Pública no debe superar los 60 días, salvo en casos excepcionales

    Efectos del silencio administrativo: se deberá entender desestimada por silencio negativo, comenzando entonces y desde ese momento el plazo de dos meses para interponer recurso contencioso administrativo antes los Juzgados y Tribunales, en solicitud de las cantidades mencionadas. 

¿Cuáles son los trámites posteriores?
Expandir/Contraer
  • Revisión de la documentación por parte de la entidad.

    Pago de la cantidad facturada, en caso de que todo sea correcto, o solicitud de subsanación.

Preguntas frecuentes y observaciones
Expandir/Contraer
  • Puedes encontrar más información sobre la facturación electrónica en https://web.araba.eus/es/facturacion-electronica y en https://www.euskadi.eus/servicio-facturacion-electronica/web01-sede/es/

    En todo caso, será obligatorio el uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada disponible en https://web.araba.eus/es/facturación-electronica para los siguientes casos:

    • Cuando el importe de la factura, IVA incluido, supere los 5.000 euros.
    • Si se trata de una de las siguientes entidades:
      • Sociedades anónimas; 
      • Sociedades de responsabilidad limitada; 
      • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
      • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
      • Uniones temporales de empresas;
      • Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulación hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

    No será obligatoria la presentación de factura electrónica cuando el importe de la factura, IVA incluido, sea de hasta 5.000 euros, o cuando las destinatarias sean las Delegaciones de Euskadi en el extranjero.

Real Decreto 1619/2012, Reglamento que regula las obligaciones de facturación
Expandir/Contraer
  • Texto Íntegro

    buscarLupa.gif
Ley 25/2013 Impulso factura electrónica y creación del registro contable
Expandir/Contraer
  • Texto íntegro

    buscarLupa.gif

Unidad Administrativa

SECRETARIA

Carta de Servicios


Presentación de facturas
Expandir/Contraer
  • Fase o Hito
    Trámites
    Prev.
Al seleccionar mediante un clic el contenido deseado se mostrará una nueva ventana con la versión para imprimir del documento.

Contenidos que puede imprimir relacionados con este asunto
  • Hoja Informativa
    Base legal

Trámites Relacionados





Información básica sobre protección de datos
Datos de Conexión
  • Te has conectado a la sede electrónica utilizando los siguientes datos:


    NAIARA MADINABEITIA AMESCUA - 72750220R (Persona interesada)





Cambiar titular/representante
Continuar con el trámite

Condición Presencial-Telemática.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Cancelar

Condición Actúa como representante presencialmente.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

Condición Actúa como representante TELEMÁTICAMENTE



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

DATOS DE LA PERSONA INTERESADA O REPRESENTANTE EN SU CASO. Comprueba que tus datos son correctos. Puedes modificar los medios preferentes para la recepción de notificaciones si lo consideras necesario. 



  • Datos del Titular
  • Datos del representante
  • Medio de Notificación
1. Cumplimente la siguiente información para el envío del aviso de puesta a disposición de la notificación telemática.
2. Seleccione el medio de notificación.


Guardar

Cargando...

Anterior
Cancelar
Siguiente


Condición Acceso Sede Representante puntual.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

Documentos adjuntos. Estos son los documentos que se requieren teniendo en cuenta las características de tu solicitud. Siempre puedes aportar los documentos adicionales que consideres oportunos mediante el botón "Añadir documento".


Solo los documentos marcados con asterisco (*) son obligatorios para iniciar la tramitación.
Marque el documento y seleccione la opción que corresponda  



Anterior
Cancelar
Siguiente

Documento a Aportar




 

   
Eliminar
Buscar
barraProgreso5.gif
Eliminar
Buscar

Eliminar
barraProgreso5.gif

   

 

 

 



Cancelar
Guardar

Documento a Aportar


Seleccione el documento y pulse aportar




Cancelar
Guardar

Documento a Aportar





Cancelar
Guardar

Añadir documento




Cancelar
Guardar

Autorizaciones de acceso a servicios de interoperabilidad

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artículo 28 establece que las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

 

Esta Administración, podrá consultar o recabar electrónicamente dichos documentos a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Si por causas técnicas la interoperabilidad no fuera posible, podrán solicitar al interesado la aportación de los documentos para la tramitación. El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio 13 de poderes públicos conferidos a la propia Administración, en los términos previstos en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Se solicitarán tan solo los datos adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados (Art 5.1.c RGPD), de acuerdo con el principio de minimización de datos.
 

Tipos de autorización:

 

1. Documentos que se consultarán salvo oposición:

Esta administración, mediante los sistemas de intermediación de datos disponibles, va a realizar las comprobaciones y consultas necesarias de los documentos y datos detallados que obren en poder de esta y de otras administraciones públicas, salvo que usted se oponga expresamente a la consulta (en cuyo caso deberá aportar la documentación).
 

En caso de oposición, es necesario que justifique las razones de su oposición (artículo 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales)

 

2. Documentos que necesitan autorización expresa para ser consultados.

Sólo en caso de autorización expresa, esta administración realizará las comprobaciones y consultas necesarias de los datos que obren en poder de esta o de otras administraciones públicas, mediante los sistemas de intermediación de datos disponibles.

 

3. Documentos que se consultarán por imperativo legal:

Se trata de documentos a los que la administración tiene derecho de acceso y consulta para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

 

EXPONE: En el recuadro de la parte inferior se muestra un texto tipo, ajustado al asunto que estás tramitando en este momento. Puedes modificarlo o añadir la información que estimes conveniente. El contenido resultante se incluirá en la instancia.



Expone

(Caracteres disponibles )
Anterior
Cancelar
Siguiente

Presentada la factura en tiempo y forma.

SOLICITA: En el recuadro de la parte inferior se muestra un texto tipo, ajustado al asunto que estás tramitando en este momento. Puedes modificarlo o añadir la información que estimes conveniente. El contenido resultante se incluirá en la instancia.



Solicita

(Caracteres disponibles )
Anterior
Cancelar
Siguiente

Se admita la factura y se proceda a su tramitación y posterior pago.

Información sobre protección de datos de carácter personal




Anterior
Cancelar
Siguiente

Último paso: comprueba el contenido de los informes que se generan. Puedes retroceder si necesitas modificar datos o respuestas.



Documentos que se generan

Solicitud - Instancia

Buscar

Comunicación por recepción

Buscar


Documentos que se aportan

Para visualizar, imprimir o descargar el/los ficheros generados pulse en el icono que aparece junto a la descripción del informe.
Antes de TRAMITAR comprueba el contenido de los documentos 



Anterior
Cancelar
Tramitar

Para la correcta aportación de los datos económicos, indica cuántas bases imponibles y tipos de gravámenes contiene la factura:



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

Cumplimenta los datos de la factura que presentas:


Datos Factura Proveedor
Solo los campos marcados con asterisco (*) son obligatorios para iniciar la tramitación.



Anterior
Cancelar
Siguiente


Seguidamente introduce los datos de la factura que aportas:


Datos Factura Proveedor
Solo los campos marcados con asterisco (*) son obligatorios para iniciar la tramitación.




Anterior
Cancelar
Siguiente


Rellena los datos de la factura que presentas:


Datos Factura Proveedor
Solo los campos marcados con asterisco (*) son obligatorios para iniciar la tramitación.





Anterior
Cancelar
Siguiente


COND. Si se introduce una fecha de expedición futura, se impide continuar.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

REQUISITO INCUMPLIDO. No puede introducir una fecha de expedición de la factura superior a la fecha actual. Registra la factura mediante una solicitud de registro general, trasladándola a intervención.

Elija una de las siguientes opciones:

1. Selecciona el botón "CANCELAR", que tiene en el margen inferior de la pantalla para regresar a la Hoja Informativa.

2. Si deseas modificar algún dato introducido con anterioridad, selecciona el botón "ANTERIOR".


COND. Evalúa si el ejercicio de expedición de la factura coincide con el ejercicio actual.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

COND. Si el importe de la factura es superior a 5000 euros.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

REQUISITO INCUMPLIDO. La factura se ha expedido en un ejercicio distinto al actual. Registra la factura.


Aunque no sea obligatorio, ¿Deseas presentar la factura por el Punto General de Entrada de factura electrónica de Álava?



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

COND. Evalúa si el Tercero es persona jurídica. Si es Pª. Jª va por EF4KTURA y si es un autónomo y éste presenta una factura inferior o igual a 5000 euros, lo llevaremos al paso donde elige si ir por EF4KTURA o no.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

Según el art. 4 del Decreto Foral 67/2014, las facturas presentadas por personas jurídicas o con un importe superior a 5.000 euros, deben presentarse a través del Punto General de Entrada de factura electrónica de Álava.


Pulsa en el siguiente enlace y se te redigirá.
 


FACTURA ELECTRÓNICA Ir►

 


PASO COND. Si se introduce una fecha de expedición futura, se impide continuar.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

PASO COND. Evalúa si el ejercicio de expedición de la factura coincide con el ejercicio actual.



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

PASO COND. Presencial-Telemático



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior

PASO COND. Tercero es persona jurídica. Si es PªJª va por EF4KTURA



Seleccione la respuesta que considere correcta.



Anterior